MODELO 720 español: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su sentencia de 27 de enero de 2022, declara que las sanciones en caso de incumplimiento de la obligación de declarar son desproporcionadas, y que no es lícito que la no declaración de bienes y derechos en el extranjero sea imprescriptible.

Los residentes en España están obligados a presentar una declaración informativa anual de sus bienes y derechos en el extranjero (Modelo 720 español), conforme a la la Ley General Tributaria española. En dicho Modelo 720 español, los obligados deben informar sobre:

  • bienes y derechos inmobiliario si se alcanzan ciertos umbrales, así como las bajas de los bienes y derechos declarados en años anteriores,
  • cuentas en entidades financieras,
  • valores (participaciones y acciones en entidades)
  • rentas vitalicias y temporales, y
  • seguros de vida o invalidez,

si bien, existen ciertas excepciones al deber de de declaración informativa regulada en la norma correspondiente.

Modelo 720 desproporcionado y sanciones imprescriptibles

El TJUE ha sentenciado en concordancia con lo solicitado por la Comisión Europea, y afirma que España ha incumplido sus obligaciones con respecto al principio de libre circulación de capitales.

¿Cuáles son las consecuencias de la falta de presentación del Modelo 720, o su presentación fuera de plazo, o con datos falsos?

La falta de presentación del Modelo 720 español, o su presentación fuera de plazo o con datos falsos o inexactos, puede conllevar dos tipos de consecuencias:

  1. Sanciones de 5.000 o 100 euros por dato o conjunto de datos con un mínimo de 10.000 o 1.500 euros, dependiendo de si la declaración no se presenta, o se presenta incorrectamente, o se presenta fuera de plazo.
  2. Cuando la declaración se presenta tarde o no se presenta, el valor de los bienes y derechos se imputará como incremento de patrimonio o renta no declarados, a menos que se demuestre que fueron adquiridos con rentas declaradas o cuando el sujeto no era residente. Además, se podrá imponer una sanción del 150% sobre la cuota resultante de dicha imputación.

La Comisión Europea dio comienzo a un procedimiento de infracción en relación con el Modelo 720 español, seguido de un dictamen motivado de febrero de 2017 para, pasar a interponer un recurso ante el TJUE en octubre de 2019 (asunto-C788/19), en el que se pedía que se declarara el incumplimiento de España de las libertades fundamentales del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y del Acuerdo del Espacio Económico Europeo.

El TJUE ha sentenciado en concordancia con lo solicitado por la Comisión Europea, y afirma que España ha incumplido sus obligaciones con respecto al principio de libre circulación de capitales por los siguientes motivos:

  1. El incumplimiento o cumplimiento imperfecto o extemporáneo de la obligación de declarar a través del Modelo 720 español conlleva la tributación de las rentas no declaradas sin posibilidad de prescripción.
  2. Se sanciona el incumplimiento con una sanción del 150% de la cuota correspondiente a esa imputación de rentas no declaradas, que puede incluso acumularse con las multas de cuantía fija.
  3. Se sancionan los incumplimientos con multas fijas ilimitadas y desproporcionadas.

Concluye el TJUE afirmando:

  1. Aunque justificada la legislación española para garantizar el control fiscal y la lucha contra el fraude, es desproporcionada.
  2. España no puede legislar en base a una presunción de fraude o evasión fiscal por el simple hecho de que el residente tenga bienes o derechos en el extranjero. Además, la norma española no permite al residente que no cumple los requisitos de dicha norma, mediante la declaración del Modelo 720 español, destruir esa presunción. Una vez más, la norma es desproporcionada y no cumple su objetivo.
  3. La Administración tributaria española no puede cuestionar prescripciones ya consumadas, sin limitación temporal, porque ello vulnera el principio de seguridad jurídica.

Si deseas saber cuáles son tus derechos ante la declaración contraria al Derecho de la UE que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado de la gestión española del Modelo 720 español, contacta con el Despacho Pérez Parras Economistas y Abogados.