Impuesto sobre la Renta de No Residentes en España

El Impuesto sobre la Renta de No Residentes en España (IRNR) es un tributo que grava la renta obtenida en territorio español por personas físicas o entidades jurídicas no residentes en España.

¿Cuándo se considera a un contribuyente en España como No Residente?

Los parámetros que definen al contribuyente en España como No Residente son:

  • que no se te considere residente en territorio español,
  • que existan determinadas rentas que se consideren que han sido obtenidas en territorio español,
  • que exista o no establecimiento permanente en España, y
  • la existencia o no de convenio para evitar la doble imposición entre España y el Estado de residencia del ciudadano no residente en España.

Interesa tener en cuenta que desde el 1 de enero de 2021, las disposiciones que aplican a residentes de otros Estados Miembros de la Unión Europea ya no aplican a residentes del Reino Unido, sino que existe un Convenio de Doble Imposición entre España y el Reino Unido que continúa en vigor posterior al Brexit.

El Impuesto sobre la Renta de No Residentes aplica a todo ciudadano no residente en España que obtiene determinadas rentas en cualquier punto geográfico del Estado español, tal como estipula la Ley del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, dejando aparte los regímenes forales en España, y las particularidades de este impuesto que aplican a Ceuta y Melilla, así como a las Islas Baleares.

Son aspectos clave del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, para determinar si una renta obtenida por un ciudadano no residente en España tributan en este impuesto, los siguientes:

  • un bien, mueble o inmueble, situado en territorio español, ciertas rentas derivadas de dichos bienes tributarán en España. Este criterio aplica a los diferentes tipos de rentas, ganancias patrimoniales y derechos que se obtengan a través de dichos bienes, incluso de forma indirecta. Interesa conocer que incluso los valores situados en España, considerados bienes muebles, tributarán bajo este impuesto.
  • los dividendos y ganancias patrimoniales por valores emitidos por personas físicas o entidades residentes en España, cualquiera que sea el lugar de emisión de estos, tributan bajo este Impuesto sobre la Renta de No Residentes,
  • las actividades económicas obtenidas en España, aunque sea sin establecimiento permanente, de servicios profesionales, estudios, asistencias técnicas, gestión y apoyo a la gestión, etc, e incluso prestaciones de trabajo que se realicen en España o utilicen parcialmente España, se consideraran obtenidos en España y tributaran bajo este impuesto.

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