Novedades Laborales para Trabajadores Autónomos en 2019 

El Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y empleo, introduce novedades laborales muy relevantesa partir del 01 enero de 2019.

En lo que afecta a los trabajadores autónomos, podemos destacar:

  • Tarifa Plana.
  • Mayor cobertura para los autónomos: obligación de cotizar por:
    • Contingencia Profesional >Accidente de trabajo
    • Cese de actividad >Desempleo de los autónomos
    • Formación.
  • Bajas médicas. No se pagará la cuota a partir del 61 día de la baja.
  • Falsos autónomos.

¿Continúa la Tarifa Plana?

Sí, continúa la Tarifa Plana para los trabajadores autónomos durante 2019. Pero con un incremento en la cuota, que pasa de los 50€ en 2018 a 60€ durante los primeros 12meses, desde el 01 de enero de 2019.

Para el resto de autónomos personas físicas, la cuota se incrementa de 278,87€/mes a 283,30€/mes, pasando la base mínima de 932,70€/mes a 944,35€/mes.

El autónomo societario pasa de una cuota de 357€/mes para una base de  1.199,10€/mes a una cuota de 364,22€/mes, con una base de 1.214,08€/mes.

Las autónomas, dentro de los 24 meses posteriores a la prestación por maternidad, podrán obtener una tarifa plana de 60€/mes durante 12 meses, sin necesidad de cesar previamente en su actividad.

Obtén la información que necesites en el Despacho Pérez Parras Economistas y Abogados en Málaga y Nerja.

Trabajadores pueden contactar con nuestro despacho de Economistas

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¿A qué se debe el incremento en la cuota de la Tarifa Plana?

Independientemente de las revalorizaciones / incrementos anuales, a partir de 2019, se produce un incremento en la cuota de autónomo para los beneficiarios de Tarifa Plana.

Ahora, el autónomo tiene la nueva  obligación de cotizar:

  • por contingencias profesionales,
  • por accidente de trabajo, cuando anteriormente dicha cotización era opcional.

Seguirá siendo opcional para este colectivo la cobertura de cese de actividad y formación.

¿Es obligatorio cotizar por dicha contingencia?

Sí, desde el 01 de enero de 2019.

¿Qué otras coberturas introduce el RD Ley 28/2018?

A partir del 01 enero de 2019, TODOS los trabajadores autónomos cotizarán por:

  • contingencias profesionales,
  • cese de actividad y formación profesional,
  • siempre y cuando no disfruten de la Tarifa Plana.

A los beneficiarios de la Tarifa Plana se les incluye únicamente como obligatoria la contingencia profesional, accidente de trabajo, mientras dure su reducción.

Se pretende ofrecer una mayor cobertura al trabajador autónomo que conlleva un incremento en las cotizaciones.

¿Qué implica cotizar por contingencia profesional, para un autónomo?

Supone cobrar el 75% de la Base reguladora del mes anterior a la baja, desde el día siguiente a la baja; eso, en caso de que la baja sea por accidente de trabajo.

Anteriormente a esta obligación, el autónomo en caso de accidente, también tenía derecho a cobrar una prestación. Pero, su cálculo se realizaba sin tener en cuenta que fuera un accidente laboral si no una enfermedad común. Los tres primeros días de la baja, no cobra nada, del cuarto al vigésimo cobra un 60% de la base reguladora y del veintiuno en adelante el 75%.

Además, se regula que el trabajador autónomo de baja médica no pague la cuota de autónomo a partir del segundo mes de baja por enfermedad, 61 día de la baja médica.

Cese de actividad:

Se mejorará dicha cobertura “desempleo de autónomos”.  Ahora, se espera que las medidas de acceso flexibilicen y se amplía la duración de 12 a 24 meses.

Formación:

Otro de los aspectos que se introduce es la formación continua, algo necesario para los autónomos que permitirá reciclar y actualizar su conocimiento a la vez que bonifiquen el coste de la formación.

Falsos autónomos:

Tras la crisis la proliferación del trabajador  autónomo ha sido patente, se pretende endurecer a través de sanciones de mayor cuantía el uso fraudulento de esta figura.  Entonces, como medida disuasoria, se establece una sanción que oscila entre los 3.126€ y 10.000€.

Trabajadores Autónomos se ven afectados por los impuestos

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A lo largo de 2019, veremos los efectos de estas medidas y el desarrollo que aún está por llegar de alguna de ellas. Y como siempre, Pérez Parras Economistas & Abogados en Málaga y Nerja os mantendrá informados.