Alquileres con Ley Beckham: gastos y modelo 151

Los alquileres con Ley Beckham pueden generar una factura fiscal distinta de la que espera el propietario. Si alquila una vivienda en España y aplica este régimen, no debe copiar el cálculo del IRPF ordinario. Primero hay que revisar el ingreso bruto, el uso del inmueble y el resto de sus rentas.

En Pérez Parras, abogados y economistas en Málaga y Nerja, estudiamos su caso antes de declarar. Puede consultar los requisitos y el servicio de Ley Beckham o solicitar una revisión de su alquiler.

Fiscalidad de expatriados y revisión de alquileres con Ley Beckham en España
La residencia fiscal y el uso del inmueble determinan qué reglas debe revisar.

¿Cómo tributan los alquileres con Ley Beckham?

El artículo 93 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, mantiene al contribuyente dentro del IRPF. Sin embargo, calcula su deuda con reglas del IRNR y con especialidades propias. Por tanto, acogerse al régimen no equivale a dejar de ser residente fiscal español.

Cuando el arrendamiento genera rendimientos del capital inmobiliario, la regla general toma el ingreso íntegro. Así resulta del artículo 24.1 del texto refundido del IRNR, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo. No basta con declarar el saldo que queda después de pagar los gastos.

Gastos y reducciones en alquileres con Ley Beckham

La DGT aborda esta cuestión en la consulta vinculante V2207-25, de 17 de noviembre de 2025. El caso trata de una contribuyente rumana que alquila una vivienda turística en Canarias. Su criterio es claro: no permite restar los gastos del alquiler ni aplicar las reducciones del arrendamiento de vivienda.

Además, la nacionalidad de un país de la Unión Europea no cambia esa conclusión. La deducción del artículo 24.6 del IRNR se refiere a residentes en otro Estado. Quien aplica Beckham reside fiscalmente en España. Por eso, no puede usar esa regla solo por tener un pasaporte europeo.

En este supuesto, no debe descontar sin más intereses, comunidad, IBI, seguros, reparaciones o comisiones de gestión. Tampoco procede trasladar al modelo 151 la reducción del artículo 23.2 del IRPF. Conserve los justificantes: siguen siendo útiles para comprobar el caso y su rentabilidad real.

Ejemplo: ingresos, gastos y cuota

En los alquileres con Ley Beckham, imagine que obtiene 18.000 euros de alquiler bruto al año y paga 5.000 euros de gastos. Supongamos que todo el alquiler es capital inmobiliario. Además, la base sometida a la escala del 24 % y 47 %, incluido el alquiler, no supera 600.000 euros.

  • Ingreso del alquiler que se integra: 18.000 euros.
  • Los 5.000 euros de gastos no minoran ese ingreso en este supuesto.
  • Efecto del alquiler en la cuota íntegra: 18.000 × 24 % = 4.320 euros.

Por tanto, calcular el 24 % sobre 13.000 euros daría un resultado incorrecto. Este ejemplo no fija el importe final de su declaración. Hay que incorporar las demás rentas y los pagos a cuenta que procedan.

Además, el umbral de 600.000 euros no se reserva por separado para cada alquiler. La escala del artículo 93.2.e).1.º alcanza al conjunto de rentas de esa base: 24 % hasta ese importe y 47 % sobre el exceso. Si también cobra un salario elevado, revise el efecto conjunto.

Vivienda habitual, días vacíos y alquiler turístico

En los alquileres con Ley Beckham, primero distinga los días alquilados de los días a su disposición. En estos últimos puede existir imputación de renta. Consulte nuestra guía sobre vivienda habitual e imputación en el modelo 151. No declare alquiler e imputación por los mismos días y el mismo uso.

Por otra parte, esta explicación parte de un alquiler que genera capital inmobiliario. Si presta servicios propios de la hostelería o existe una actividad económica, hace falta otro análisis. También debe revisar el posible establecimiento permanente y su efecto en Beckham.

La consulta citada trata de Canarias, pero el criterio estatal explicado no crea una ventaja fiscal distinta para Málaga. En Andalucía deben comprobarse, además, las reglas turísticas y urbanísticas del inmueble. Pagar el impuesto no sustituye las autorizaciones necesarias para explotar una vivienda.

Cómo preparar los alquileres con Ley Beckham

Antes de presentar el modelo 151, reúna la información de todo el año. No se limite al ingreso que la plataforma abona en su cuenta, pues puede llegar tras descontar una comisión.

  1. Escritura, porcentaje de titularidad y referencia catastral.
  2. Contratos y calendario de días alquilados o disponibles.
  3. Ingresos brutos, liquidaciones de plataformas y justificantes de cobro.
  4. Gastos, retenciones y declaraciones ya presentadas.
  5. Certificado del régimen especial y datos de las demás rentas.

Después contrastamos el uso del inmueble y el cálculo completo. Si presentó otro modelo, revise la guía de modelo 100 en vez del 151. La vía de corrección depende del ejercicio y del estado del expediente; no hay una devolución automática.

Revisión fiscal de su inmueble en Málaga o Nerja

Los alquileres con Ley Beckham también deben coordinarse con la tenencia del inmueble. Nuestro servicio de Impuesto sobre el Patrimonio permite revisar esa obligación por separado. No confunda el impuesto por cobrar rentas con el que puede gravar sus bienes.

Para empezar, indique dónde está la vivienda, cómo la usa y qué año desea revisar. Le explicaremos qué documentos faltan, el alcance del trabajo y los honorarios. Consulte su caso con nuestro equipo jurídico y fiscal.

Fuentes y alcance

Base legal: artículo 93 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre; artículo 24 del Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo. Criterio administrativo: consulta DGT V2207-25, de 17 de noviembre de 2025, cuyo texto se ha contrastado mediante su reproducción documental. El buscador oficial no permitió recuperar el texto durante esta revisión. Información general revisada en septiembre de 2026; el cálculo requiere estudiar cada caso.