Horarios de deporte, paseos y horas en las que se puede salir a la calle: niños, deportistas no profesionales y mayores.

¿Conoces las franjas horarias y restricciones para realizar deporte y dar paseos con tus hijos? La evolución de la crisis sanitaria del Covid-19, y cómo está afectando a nuestra vida personal y evolución económica de España, obliga al Gobierno a tomar medidas que flexibilicen el confinamiento y restricciones actuales. Para ello, se ha publicado hoy, día 1 de mayo, la Orden que aclara el modo en que las personas de 14 años o más pueden volver a realizar actividad física -no profesional- al aire libre: realización no profesional de actividades deportivas sin contacto, y paseos diarios.

De especial interés son las franjas horarias y edades de las personas que pueden salir a pasear o practicar deporte, que resumimos en la siguiente imagen, y que entran en vigor a partir de las 0:00 horas del sábado 2 de mayo de 2020, y mientras se prolongue el estado de alarma:

Horarios y actividades físicas no profesionales permitidas durante la crisis sanitaria del Covid-19. Flexibilización de medidas sanitarias durante la crisis del Coronavirus.

La crisis del Covid-19 ha traído consigo restricciones sociales importantes. Ahora que se supera paulatinamente la crisis sanitaria, se relajan las restricciones sociales permitiendo paseos y actividades físicas individuales no profesionales, separando a la población por franjas horarias y de edad.

¿Por qué se toman estas medidas de flexibilización?

El Gobierno español afirma que la práctica de actividad física y la reducción del sedentarismo son factores que tienen un impacto positivo en la salud de las personas, previniendo enfermedades crónicas y aumentando la calidad y esperanza de vida.

Igualmente, el Gobierno español basa esta decisión en que, en la población adulta mayor, el deporte y la actividad física al aire libre ayuda a mantener una adecuada funcionalidad física, disminuye el riesgo de caídas y conserva las funciones cognitivas. Sin embargo, esta Orden no contempla la práctica de actividad física en centros sociosanitarios de mayores.

 

¿Se contemplan aglomeraciones con esta nueva decisión del Gobierno? Uso de franjas horarias.

No, el Gobierno ha tenido en cuenta la necesidad de evitar aglomeraciones, dando prioridad a los que caminan y van en bicicleta, con ese orden de precedencia, estableciéndose además distintos tramos o franjas horarias para la práctica de las actividades físicas, según la edad de las personas.

Ejercicio físico individual permitido por vias urbanas en tiempos del Covid-19. Medidas de flexibilización social.

Se permite, como medida de flexibilización social, una vez que la crisis sanitaria comienza remitir, los paseos y el ejercicio físico individual, no profesional.

¿Qué desplazamientos permite el Gobierno con esta nueva Orden?

  • Se permite la práctica de deporte individual, no profesional, de personas de 14 años en adelante, sin contacto con terceros, así como los paseos. Las actividades se podrán realizar 1 vez al día, y según franjas horarias.
  • Los paseos se podrán dar acompañados de una sola persona más con la que se conviva. O bien, en el caso de personas dependientes, acompañados de una persona empleada de hogar o cuidador habitual.
  • El deporte sólo se podrá realizar de manera individual, sin contacto con otras personas. Si para hacer actividad física se es dependiente, se podrá realizar acompañado de otra persona con la que conviva, o de una empleada de hogar o persona cuidadora habitual.
  • Los paseos se podrán realizar a una distancia no superior a 1 km del domicilio. Pero el deporte no profesional, individual, se podrá realizar a cualquier distancia dentro del municipio donde se resida.
  • Si tienes síntomas de Covid-19, o estás en aislamiento domiciliario o en cuarentena por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de Coronavirus, o si eres residente en centro sociosanitario, no podrás realizar paseos o deporte no profesional por la vía pública.

 

¿Qué requisitos contempla el Gobierno para evitar contagios con estas nuevas medidas de flexibilización?

  • Mantenerse una distancia entre personas de al menos 2 metros, al pasear o realizar las actividades físicas. Únicamente dentro de las franjas horarias permitidas según el segmento de edad.
  • Evitar espacios concurridos.
  • Realizar la actividad física permitida de manera continuada, evitando paradas innecesarias en espacios públicos. En caso de realizar una parada, hacerlo sólo por el tiempo estrictamente necesario.
  • Dar prioridad a los que caminan y van en bicicleta, por ese orden.

 

¿Cuáles son los espacios permitidos para pasear o practicar deporte no profesional con esta nueva Orden gubernamental?

  • Cualquier vía o espacio público, incluidas las zonas naturales y verdes autorizadas.
  • No se permite el acceso a instalaciones deportivas cerradas
  • No se pueden usar vehículos motorizados o el transporte público para desplazarse con el fin de practicar la actividad física prevista en esta Orden.

 

Si tienes cualquier duda sobre las indicaciones y recomendaciones de esta nueva Orden gubernamental, no dudes en contactar con el despacho Pérez Parras Economistas y Abogados para aclarar tus dudas jurídicas.