Si se compra como cuerpo cierto un inmueble, sí se puede resolver el contrato de compraventa privado si se observan deficiencias graves en el inmueble, posterior a la firma del contrato de compraventa.

Si se compra como cuerpo cierto un inmueble, sí se puede resolver el contrato de compraventa privado si se observan deficiencias graves en el inmueble, posterior a la firma del contrato de compraventa.